¿Cómo y dónde debo enviar la documentación?
La documentación debe enviarse dentro de los 10 días hábiles posteriores a la finalización de la inscripción.
Deberá enviarse escaneada (no se aceptan fotografías ni presentaciones físicas) desde la casilla de correo electrónico que haya declarado como contacto al completar el formulario de inscripción online.
Los archivos deben enviarse únicamente en formato PDF o JPG a la siguiente dirección: archivos@untrefvirtual.edu.ar.
ACLARACIÓN: Los títulos secundarios y de estudios superiores no universitarios emitidos a partir del 01/11/2023, bajo el nuevo modelo digital establecido por el Ministerio de Capital Humano – Secretaría de Educación de la Nación (ex Ministerio de Educación), así como los títulos y certificados analíticos universitarios emitidos directamente en formato digital, deben ser enviados en archivo PDF, exactamente tal como fueron recibidos. No es necesario imprimirlos ni escanearlos nuevamente.
Toda documentación enviada a una dirección diferente a la mencionada será desestimada.
En el asunto del correo debe incluir:
En caso que se le dificulte acceder a un escáner, puede utilizar una aplicación para escanear documentos desde su celular:
A continuación, le proporcionamos ejemplos de documentación escaneada correcta e incorrectamente, para que pueda verificar si los archivos cumplen con los requisitos antes de enviarlos.
Ejemplo de documentación Rechazada. Documentación Aceptada.
A tener en cuenta antes de enviar su documentación:
Envíe sus mensajes únicamente desde el correo electrónico que declaró al completar la inscripción online. Este será el canal oficial que la Universidad utilizará para enviarle notificaciones.
Revise que los archivos se visualicen correctamente y que las imágenes sean un reflejo fiel del documento original: sin cortes, borrosidades ni secciones ilegibles.
Muchos escáneres están configurados por defecto para hojas tamaño A4. Si va a digitalizar un documento en formato oficio o carta, asegúrese de modificar la configuración del escáner para capturar el documento en su totalidad.
Los documentos deben enviarse completos, derechos y con buena nitidez. No recorte, amplíe ni enfoque únicamente partes del documento (por ejemplo, un sello o firma). Incluso si una página está parcialmente en blanco, debe incluirse.
Las imágenes que no cumplan con las condiciones establecidas serán reclamadas tantas veces como sea necesario, hasta que se considere que la presentación es adecuada.
¿Cómo sé si recibieron mi documentación y si está correcta?
Al enviar su documentación a archivos@untrefvirtual.edu.ar, recibirá una respuesta automática como acuse de recibo.
En un plazo de hasta 15 días hábiles, si hubiera algún inconveniente con los archivos, faltantes o se necesitara documentación adicional para validar lo enviado, recibirá una notificación desde la misma casilla con las indicaciones para corregir la situación.
Si todo está en orden, dentro del mismo plazo, el Área de Documentación se pondrá en contacto con usted para confirmar la correcta recepción y validación del material enviado.
Sabemos que iniciar un nuevo proyecto puede generar ansiedad y que desea resolver todo rápidamente, pero le pedimos no reenviar su mensaje ni escribir a otras áreas, ya que esto no acelera el proceso y solo contribuye a saturar las casillas de correo.
Si pasaron más de 15 días hábiles sin recibir respuesta, puede enviar un reclamo a: documentacion@untrefvirtual.edu.ar.
Incluya en el cuerpo del mensaje:
¿Qué documentación debo presentar?
La documentación requerida para el ingreso a cada carrera se encuentra detallada en la sección de REQUISITOS correspondiente.
Para consultarla:
Importante:
Si luego de revisar la información publicada aún tiene dudas, por favor comuníquese con el Área de Documentación antes de generar la inscripción online, escribiendo a: documentacion@untrefvirtual.edu.ar
Realizar la inscripción sin contar con la totalidad de los documentos requeridos o incumpliendo con las condiciones puede derivar en la suspensión del usuario por falta de documentación, sin previo aviso perdiendo el/los importe/s abonado/s y todo derecho a reclamo alguno.
¿Es obligatoria la presentación del título secundario?
Sí, la presentación del título secundario es OBLIGATORIA para todas las carreras en las que este documento se solicita en la sección REQUISITOS.
Esto aplica incluso si ya posee títulos terciarios o universitarios, salvo en aquellos casos donde se indique expresamente que la presentación del título secundario es opcional (como ocurre en algunas diplomaturas).
No tengo estudios completos ¿me puedo inscribir igual?
Las personas mayores de 25 años que no cuenten con título secundario pero puedan acreditar experiencia laboral reconocida y comprobable podrán inscribirse únicamente a aquellas carreras que lo permitan, según lo indicado en la sección REQUISITOS.
En estos casos, para poder inscribirse a la carrera de interés es obligatorio que primero realicen y aprueben el trámite de admisión correspondiente.
Para más información sobre trámite mencionado, ingrese al siguiente enlace: mayores de 25.
Estoy rindiendo las últimas materias del secundario, ¿me puedo inscribir igual?
Sí, las personas que estén cursando las últimas materias del secundario pueden inscribirse de forma condicional a aquellas carreras que cuenten con Curso Introductorio.
En estos casos, se permitirá el acceso únicamente a dicho curso, siempre que se presente una constancia de alumno/a regular, junto con el resto de la documentación requerida para la inscripción a la carrera elegida.
Importante: Haber aprobado el Curso Introductorio no habilita a iniciar la cursada de la carrera. Para hacerlo, será necesario haber finalizado los estudios secundarios y presentar al menos una constancia de título en trámite sin adeudar materias.
Esta constancia deberá mantenerse actualizada hasta que se pueda entregar el título definitivo.
¿Qué pasa si terminé mis estudios pero aún no me entregaron el título? ¿Y si extravié mi/s título/s?
Si finalizó sus estudios pero aún no recibió el título, o si lo extravió, podrá cursar de forma condicional presentando una constancia de título en trámite (ya sea por primera emisión o duplicado).
En caso de extravío, deberá solicitar un duplicado en la institución donde completó sus estudios.
Validez de las constancias:
Las constancias tienen un plazo de validez limitado desde su fecha de emisión, por lo cual deberá mantenerlas actualizadas hasta que pueda presentar el título definitivo legalizado.
- Estudios secundarios y terciarios expiran a los 60 días de que son emitidas (a menos que el documento indique un vencimiento distinto).
El plazo máximo de validez que puede tener una constancia emitida por instituciones secundarias o terciarias es de 120 días.
Al solicitarla, puede pedir que se indique ese período de vigencia para evitar tener que renovarla cada 60 días. Sin embargo, tenga en cuenta que no es obligatorio que el establecimiento acceda a este pedido.
La duración de la validez queda a criterio del directivo o autoridad responsable que emita la constancia, siempre que no supere los 120 días.
- Estudios universitarios tienen una validez de 1 año desde su fecha de emisión.
¿Qué legalizaciones deben tener mis títulos y certificados analíticos?
Los títulos y certificados analíticos originales deben contar con la legalización del Ministerio de Capital Humano - Secretaría de Educación de la Nación (ex Ministerio de Educación).
Si residís en la Ciudad de Buenos Aires o en el Gran Buenos Aires y:
deberás legalizarlos también ante la Vicejefatura de Gabinete del Interior (ex Ministerio del Interior). Este trámite se realiza online a través de Trámites a Distancia (TAD): www.argentina.gob.ar/servicio/legalizar-documentos-publicos.
Aclaración: La fecha de emisión del título no siempre coincide con la fecha de egreso. Por ejemplo, si egresaste del secundario en 1998, pero por motivos como deterioro o extravío tuviste que solicitar un duplicado, y este fue emitido después del 01/01/2010, no es necesario legalizarlo ante el Ministerio del Interior, ya que se considera la fecha de emisión del nuevo ejemplar y no la del egreso.
La mayoría de las instituciones educativas entregan los títulos ya legalizados por la Secretaría de Educación de la Nación. Solo en casos puntuales, este trámite debe gestionarlo el/la egresado/a.
Si tu título ya tiene el sello correspondiente, no necesitás actualizarlo, aunque haya sido emitido hace varios años.
Títulos digitales:
Los títulos secundarios y de estudios superiores no universitarios emitidos a partir del 01/11/2023, bajo el nuevo modelo digital establecido por el Ministerio de Capital Humano - Secretaría de Educación de la Nación (ex Ministerio de Educación), así como los títulos y certificados analíticos universitarios emitidos directamente en formato digital, deben ser enviados en archivo PDF, exactamente tal como fueron recibidos.
No es necesario imprimirlos ni escanearlos nuevamente.
Títulos emitidos por entidades educativas extrajeras:
Si tu título fue emitido por una institución educativa extranjera, deberás cumplir con requisitos específicos. Consultá los detalles en el siguiente enlace: clic aquí.
¿Puedo inscribirme si aún no obtuve la convalidación o revalidación de mi título extranjero?
Si estás interesado/a en inscribirte a un curso, diplomatura, carrera de pregrado o grado y aún no contás con la convalidación o revalidación de tu/s título/s emitido/s en el extranjero, no podrás inscribirte hasta haber finalizado el trámite correspondiente.
Solo estarás habilitado/a para la inscripción una vez que presentes la convalidación/revalidación junto con el resto de la documentación requerida para el ingreso a la carrera elegida.
Únicamente en el caso de las carreras de posgrado, la presentación de la convalidación o revalidación de títulos es opcional.
Para más información sobre títulos emitidos en el extranjero, consultá la sección REQUISITOS de la carrera de tu interés o ingresá al siguiente enlace: titulos extranjeros.
¿Es obligatorio presentar la nota con duración y carga horaria de la carrera que finalicé?
Sí. La presentación de una nota emitida por la institución de egreso, donde se detallen los años de duración y la carga horaria total de la carrera finalizada, con firma y sello del establecimiento educativo y de sus autoridades, es OBLIGATORIA para todas las carreras que así lo indiquen en su sección de REQUISITOS.
Tenga en cuenta que ningún documento se solicita de forma arbitraria: si se requiere para la inscripción, es porque es necesario para evaluar que los/as postulantes cumplan con las condiciones de ingreso de la carrera elegida.
¿Cuáles son los requisitos para exceptuarse del Curso Introductorio y qué debo presentar?
Podrán solicitar la exención del Curso Introductorio aquellas personas que cumplan con al menos una de las siguientes condiciones:
Documentación a presentar
Además de la documentación general solicitada para el ingreso (ver apartado “REQUISITOS” de la carrera elegida), deberás presentar, hasta dos semanas antes del inicio de clases (SIN EXCEPCIÓN), alguno de los siguientes documentos, según el caso:
1. Para acreditar el primer punto:
a. Constancia que indique explícitamente que aprobó un curso de ingreso emitido por las autoridades de la universidad de origen, o bien,
b. Certificado de materias aprobadas del curso de ingreso emitido por las autoridades de la universidad de origen,
+ Nota, certificado o documentación emitida por las autoridades de la universidad de origen donde se detallen cuáles son las asignaturas que conforman el ingreso en esa Institución, lo cual nos permitirá corroborar que lo completó en su totalidad.
2. Para acreditar el segundo punto:
a. Título y/o certificado analítico de estudios terciarios superiores completo: Frente/s y dorso/s de todas las hojas que compongan el/los documento/s.
Si aún no contás con el título definitivo o estás tramitando un duplicado por extravío, podrás presentar de forma condicional una constancia de título en trámite, que indique que no se adeudan materias. Las constancias de títulos terciarios en trámite tienen una validez de 60 días desde su fecha de emisión.
3. Para acreditar el tercer punto:
a. Constancia emitida por las autoridades de la universidad de origen, que indique el porcentaje de carrera aprobado hasta el momento (mínimo 20%), o bien,
b. Certificado de materias aprobadas, emitido por las autoridades de la universidad de origen, que incluya el porcentaje de carrera aprobado hasta el momento (mínimo 20%), o bien,
c. Certificado de materias aprobadas emitido por las autoridades de la universidad de origen,
+ Plan de estudios de la carrera donde se detallen las materias que la componen. Con esta información se calculará manualmente el porcentaje aprobado para corroborar si se alcanza el 20%.
4. Para acreditar el cuarto punto:
a. Título y/o certificado analítico de estudios universitarios completo: Frente/s y dorso/s de todas las hojas que compongan el/los documento/s.Si no contás con el título definitivo o estás tramitando el duplicado por extravío, podrás presentar una constancia de título en trámite que indique que no se adeudan materias. Las constancias de títulos universitarios en trámite tienen validez de 1 año desde su fecha de emisión.
5. Para acreditar el quinto punto:
a. Título y/o certificado analítico de estudios universitarios completo: Frente/s y dorso/s de todas las hojas que compongan el/los documento/s.
+ Convalidación o revalidación de sus títulos en la República Argentina.
ACLARACIONES IMPORTANTES:
Condiciones sobre la validez de los documentos presentados:
Toda documentación que acredite situación académica parcial (como certificado de ingreso aprobado, certificado de materias, planes de estudio), o documentación provisoria (como constancias de título en trámite), para ser válida deberá estar firmada y sellada por las autoridades competentes del establecimiento educativo de origen (SIN EXCEPCIÓN).
NO se aceptarán: capturas de pantalla, impresiones de sistemas informáticos, ni cualquier otro tipo de documentos que carezcan firma y sello de las autoridades de la institución emisora.
Legalizaciones requeridas:
Todos los títulos y certificados analíticos definitivos deberán contar con la legalización del Ministerio de Capital Humano - Secretaría de Educación de la Nación (ex Ministerio de Educación).
Si residís en la Ciudad de Buenos Aires o en el Gran Buenos Aires y:
deberás legalizarlos también ante la Vicejefatura de Gabinete del Interior (ex Ministerio del Interior). Este trámite se realiza online a través de Trámites a Distancia (TAD): www.argentina.gob.ar/servicio/legalizar-documentos-publicos.
Titulaciones extranjeras:
Si tu título fue emitido por una institución educativa extranjera, consultá los requisitos y legalizaciones necesarias en el siguiente enlace: clic aquí.
Tenga en cuenta que la solicitud de exención será procesada únicamente si se cumplen las siguientes condiciones:
Si se cumplen las tres condiciones mencionadas, unos días antes del inicio de clases, recibirás en tu casilla de correo electrónico un cupón de pago de la matrícula de la carrera.
Reiteramos que los/as postulantes que deseen realizar esta gestión tendrán la oportunidad de enviar los documentos adecuados para que se procese su solicitud únicamente hasta dos semanas previas a la fecha de inicio de la cursada establecida en el Calendario Académico. No se aceptarán presentaciones fuera de ese plazo, sin excepción.